¿Qué ley regula este modelo?
El REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo publicado en el BOE nº 87 de 11 de abril de 2007, y desarrollado por la Orden TAS/2307/2007 de 27 de Julio.
¿Qué ventajas ofrece?
Las empresas dispondrán de un crédito de formación cada año que podrán deducir en concepto de bonificaciones en los boletines de cotización a la Seguridad Social.
¿A qué empresas va dirigida esta formación?
Todas las que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado Español, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por formación profesional podrán ser beneficiarias de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Qué trabajadores pueden beneficiarse de ella?
Todos los trabajadores asalariados que prestan servicios en empresas privadas o entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas, los fijos discontinuos en los periodos de no ocupación, los que acceden a situación de desempleo estando en periodo formativo y los acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
¿Qué cuota de formación le corresponde a cada empresa?
Si su empresa tiene de 1 a 5 trabajadores, como mínimo tendrá un crédito anual asignado de 420 € .
Para aquellas empresas con más de 10 trabajadores el crédito anual del que disponen resulta de aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior en concepto de formación profesional el porcentaje de bonificación que se establece a continuación:
Porcentaje de bonificación:
- Empresas de 6-9 trabajadores 100%
- Empresas de 10-49 trabajadores 75%
- Empresas de 50-249 trabajadores 60%
- Empresas de 250 ó más trabajadores 50%
¿Qué coste supone para las empresas?
El coste total de la formación deberá ser cofinanciado por las propias empresas, en función de su número de empleados, mediante una aportación privada. El porcentaje de cofinanciación privada es nulo para las empresas de 1 a 9 trabajadores, quedando establecido de la siguiente manera:
Porcentaje de cofinanciación privada:
- Empresas de 1 a 9 trabajadores 0%
- Empresas de 10 a 49 trabajadores 10%
- Empresas de 50 a 249 trabajadores 20%
- Empresas de 250 ó más trabajadores 40%
¿Qué requisitos debe cumplir la empresa para aplicarse las bonificaciones?
- No haberse bonificado la totalidad del crédito de formación de que dispone anualmente.
- Informar a la Representación Legal de los Trabajadores (si existiera) y a los trabajadores afectados por las acciones formativas.
- Haber comunicado a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo el inicio de la formación con una antelación mínima de 7 días naturales.
- Haber realizado la formación.
- Comunicar a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo la finalización de la formación, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación del Boletín de Cotización en el que se apliquen las bonificaciones.
Desde Vértice Training nos encargamos de gestionarle todas las comunicaciones anteriores y de informarle sobre estos requisitos.
¿Cuando puedo aplicar las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social?
Las bonificaciones pueden aplicarse con carácter anual en el Boletín de Cotización (TC1) a partir de la comunicación de finalización de la formación y, en todo caso, el último día hábil para poder presentar el Boletín de Cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico. La empresa tiene que encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
¿Qué cursos puedo realizar?
Tenemos a su disposición los siguientes cursos, más de 200 de creación propia. Si no encuentra el que desea, contacte con nosotros y nos adaptaremos a sus necesidades.
Quiero acceder a esta formación, ¿cómo puedo solicitarla?
En Vértice Training tenemos una dilatada experiencia en el desarrollo de cursos de Formación Continua para las empresas, destinados a cubrir las necesidades formativas de nuestros alumnos en distintos sectores de todo el ámbito geográfico nacional.
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